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viernes, 18 de mayo de 2018

Acción Penal por Muerte de Estudiante en colegio Recae en Maestros


“Los menores del curso 8-B contaron que el día que la niña fue amarrada y golpeada estaban bajo el cuidado de una hija de la inspectora del colegio, quien fue designada para el cuidado de los alumnos, porque una maestra del curso pidió permiso”.

Uno de los cinco estudiantes implicados en el fallecimiento de la niña Brithany Morán dejó una carta, en la que explica lo que ocurrió en el aula del curso 8-B. NOTICIAS RELACIONADAS Ministerio da detalles sobre la atención que recibió niña agredida La responsabilidad penal por la muerte de la niña Brithany Morán Samaniego, en el interior del colegio fiscal donde estudiaba en Guayaquil, recaerá en las autoridades del plantel. 

El fiscal César Peña, de la Unidad de Garantías para las Personas, explicó que la responsabilidad penal por homicidio culposo recae sobre los docentes ante la inimputabilidad de los cinco niños, entre 11 y 12 años, que participaron de un juego que derivó en la muerte de la menor el domingo 13 de mayo. 

“El Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia señala la inimputabilidad de los menores, pero el Código Civil determina responsabilidad para los padres de los niños y el Código Orgánico Integral Penal (COIP) determina la responsabilidad penal de las autoridades del plantel”, manifestó Peña. De acuerdo con lo que indica el COIP, la autoridad dijo que desde este viernes 18 de mayo hasta el martes próximo rendirán sus versiones sobre los hechos el rector, vicerrector, profesor, inspector y miembros del Departamento de Consejería Estudiantil (DECE) de la unidad educativa donde ocurrieron los hechos. 

El homicidio culposo, tipificado en el artículo 145 del COIP, determina una pena de tres a cinco años a la persona que por culpa mate a otra. Además, con la misma pena será sancionado el funcionario público que, inobservando el deber objetivo de cuidado, haya otorgado permisos, licencias o autorizaciones para la construcción de obras civiles que hubieren perecido, y que como consecuencia de ello se haya ocasionado la muerte de una o más personas. Ante esta definición en el COIP, el fiscal Peña indicó que en la muerte de la niña Brithany no se observó el deber objetivo de cuidado cuando se dejó como custodia de los niños a una persona que no era autoridad ni docente del plantel. 

“Los menores del curso 8-B contaron que el día que la niña fue amarrada y golpeada estaban bajo el cuidado de una hija de la inspectora del colegio, quien fue designada para el cuidado de los alumnos, porque una maestra del curso pidió permiso”. El abogado Steven Reyes, representante legal de la familia de la niña, ratificó que los cinco niños que participaron en la agresión son inimputables, pero que en lo posterior presentarán una acción civil contra los padres de estos por un cuasi delito, lo que implica la solicitud de una indemnización por el daño causado. Reyes acompañó este jueves 17 de mayo al padre de la niña fallecida, Tyrone Morán, a rendir su versión ante el fiscal Peña. En la diligencia, Morán reveló la existencia de una carta en la cual uno de los menores implicados en la muerte de su hija narra cómo ocurrieron los hechos. La fiscal Patricia Morejón, y el gobernador José Francisco Cevallos visitaron este jueves 17 de mayo a los padres de la víctima. La funcionaria les dijo que trabaja con el Ministerio de Educación para identificar las verdaderas edades de los alumnos implicados. (I)

Fuente: https://www.eltelegrafo.com.ec

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