Nuevo Acuerdo Interministerial reactiva las actividades turísticas y la promoción comercial en Ecuador, y posibilita a los consumidores a adquirir alcohol incluso los
días domingos.
En la
Unidad de Vigilancia Comunitaria (UVC) de Manta, provincia de Manabí, se
suscribió el Acuerdo entre los ministros del Interior, José
Serrano, y de Turismo, Fernando Alvarado.
Firmamos un acuerdo que va a permitir, por ejemplo, que las discotecas puedan
atender hasta las 04:00; también se podrá comprar cerveza en las tiendas de las
gasolineras, así como en despensas, pero sin consumirlas en esos sitios ni en
la vía pública, manifestó Alvarado.
“Han sido
5 años en los cuales hemos tenido restricciones importantes en cuanto a horarios
de atención y expendio de bebidas alcohólicas, y esto ha contribuido en la
disminución de los índices de violencia.
La
apuesta es que podamos ser mucho más responsables de nuestros actos con el
incentivo y la apertura que se están generando”, indicó el ministro Serrano.
Para el funcionario, esta reforma es muy importante, porque las tiendas y
supermercados nuevamente pueden expender los domingos bebidas alcohólicas para
que lleven el producto a sus domicilios. Horarios de funcionamiento.
En los
centros de tolerancia se podrá vender y consumir bebidas alcohólicas y de
moderado contenido alcohólico. Los vespertinos podrán funcionar de lunes a
domingo de 11:00 a 20:00 y los nocturnos de lunes a jueves de 12:00 a 02:00;
viernes y sábados de 12:00 a 03:00; y los días domingo de 12:00 a 20:00. En
bares, discotecas, cantinas, karaokes, salas de recepciones, billares, y otras
actividades de diversión para mayores de edad, se podrá vender y consumir
bebidas alcohólicas y de moderado contenido alcohólico, de lunes a jueves desde
las 12:00 hasta 01:00; viernes y sábados desde las 12:00 hasta las 04:00; y los
domingos de 12:00 a 20:00.
Dentro de
las licorerías está prohibido consumir bebidas alcohólicas, así como en la vía
pública. El horario de funcionamiento es de lunes a sábado de 06:00 a 03:00 y
los domingos de 08:00 a 24:00.
Los
depósitos de bebidas alcohólicas y de moderado contenido alcohólico, al por
mayor, podrán distribuir para fines comerciales todos los días de 06:00 a
24:00. Cafeterías, restaurantes, comidas ligeras, heladerías, panaderías,
cafenets, confiterías; cafeterías y restaurantes ubicados al interior de
complejos deportivos, paraderos, entre otros de naturaleza similar, funcionarán
de lunes a domingo de 06:00 a 00:00, a excepción de los restaurantes que
funcionan desde las 06:00 hasta las 02:00 todos los días. Estos locales pueden
vender y permitir el consumo de bebidas alcohólicas y de moderado contenido con
el acompañamiento de comidas.
El
horario de funcionamiento de las fruterías, heladerías, panaderías, cafenets y
confiterías es de 06:00 a 22:00 todos los días y no podrán expender bebidas
alcohólicas ni permitir su consumo en sus locales, salvo por el caso de bebidas
de moderado contenido. Los locales de esta categoría que cuenten con permisos
turísticos, podrán funcionar las 24 horas todos los días, cumpliendo con la
regulación estipulada. El viceministro de Seguridad Interna, Diego Fuentes,
indicó que en los próximos 6 meses se evaluará la medida para determinar si se
mantiene o no. Recalcó que se ha creado un solo reglamento para emitir, renovar
o revocar permisos de funcionamiento. (I)
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