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sábado, 10 de septiembre de 2016

EMPIEZA VENCIMIENTO PARA PRESENTACION DEL FORMULARIO 120 SOBRE LA DECLARACIÓN DE LAS CONTRIBUCIONES SOLIDARIAS.

El Servicio de Rentas Internas estableció los plazos para la presentación del Formulario 120, mismo que sirve para la entrega de la información complementaria a la declaración de las contribuciones solidarias sobre el patrimonio, sobre la utilidades; y, sobre bienes inmuebles y derechos representativos de capital existentes en el Ecuador y que sean de propiedad de sociedades residentes en paraísos fiscales u otras jurisdicciones del exterior.


Los contribuyentes obligados a esta declaración deberán presentar a través del Formulario 120 la información que sustente los valores declarados y pagados por dichas contribuciones mediante el formulario 106. Esta información será complementaria y formará parte de la declaración efectuada en los meses de junio, julio y agosto para estas obligaciones.


La presentación de este formulario 120 se lo realizará a través del portal web www.sri.gob.ec aún cuando estuvieren exentos del pago de estas obligaciones.


La presentación del Formulario 120, deberá realizarse durante el mes de septiembre del año 2016 considerando el noveno dígito del RUC o cédula de identidad y de acuerdo al siguiente calendario:

Noveno dígito RUC Fecha de vencimiento
1 10 de septiembre
2 12 de septiembre
3 14 de septiembre
Noveno dígito RUC Fecha de vencimiento
4 16 de septiembre
5 18 de septiembre
6 20 de septiembre
7 22 de septiembre
8 24 de septiembre
9 26 de septiembre
0 28 de septiembre

La presentación tardía, la falta de presentación, la presentación incompleta o inexacta de la información contenida en el Formulario 120, será sancionada conforme la normativa tributaria vigente. La sanción no eximirá del cumplimiento de esta obligación, ni del pago de multas e intereses generados si los contribuyentes hubieren efectuado el pago de las contribuciones luego de haber fenecido los plazos establecidos en los meses de junio, julio y agosto de 2016.


Si como consecuencia de la información presentada en el formulario 120 se generasen valores mayores a declarar y pagar, se deberá presentar por dicha diferencia un nuevo formulario 106 por les mes y el código de la contribución a la que corresponda, registrando los respectivos intereses y multas posteriores a la imputación al pago.

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