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miércoles, 19 de octubre de 2016

Fernando Villavicencio Declarado Insolvente y Otros en la Mira

A través de su cuenta de Twitter el activistaFernando Villavicencio dio a conocer a la ciudadanía que fue declarado como insolvente,eso en términos legales le impediría ser un potencial candidato a cualquier designación popular.

El Presidente de la República, Rafael Correa, impuso la demanda con el fin de obligar a que pague lo que le corresponde de los 145.000 dólares a manera de indemnización para reparar el daño moral ocasionado a través de una injuria.

Esta compensación económica es parte de la condena de 18 meses de prisión que recibieron el exasambleísta Cléver Jiménez y Fernando Villavicencio, y seis el médico Carlos Figueroa, por el delito de injurias al Presidente.

Sobre este particular cosa hay información que debemos conocer. Expertos detallan lo siguiente.


¿En ese caso qué sucede? 

Cuando se termina un juicio agotando todos los recursos y existe una sentencia en firme, pasamos a la fase de ejecución. En este caso, si se ratifica el pago de USD 145.000 dólares, el juez emite una disposición en la cual los demandados (Fernando Villavicencio) deberá pagar ese monto al actor (Correa). 

Ahí hay algunos escenarios. El primero es que el deudor pague. El segundo que tenga activos y no quiera pagar, o que simplemente en realidad no tenga cómo pagar. En estos dos últimos casos la ley presume que hay insolvencia y el acreedor (Correa) puede pedir al juez que se declare la insolvencia. 

¿Qué implica que alguien sea declarado insolvente? 

El primer efecto es que las personas no pueden manejar sus bienes. Al perder esa facultad no pueden hacer actos jurídicos de compra o venta de bienes ni manejar cuentas en el sistema financiero. Además, con la insolvencia, se inicia un proceso en el que se nombra un síndico (representante del acreedor) que se encarga de que la deuda sea cancelada. 

¿Mientras el o los sentenciados no paguen la deuda, pueden seguir en libertad? 

El Régimen legal establece la posibilidad de que el insolvente pase por un proceso penal en el que se califica su insolvencia. 

Esta puede ser accidental, cuando en realidad no hay fondos para cancelar la deuda. Pero también puede ser también una insolvencia negligente o dolosa. Esto sucede cuando el deudor llegó a ese estado de insolvencia de manera deliberada o premeditada.

 ¿Y los derechos políticos se mantienen vigentes? 

La declaración de insolvencia fraudulenta sí anula los derechos políticos. Pero si la insolvencia es accidental los derechos políticos se mantienen... 

En el caso de Villavicenco que no tiene los $145.000 dólares… En ese caso es una insolvencia accidental y no tiene repercusiones penales ni de derechos. Pero sus bienes servirán para cubrir el monto exigido, esto lo dejaría prácticamente en la calle y con una deuda por sobre los hombros… 

El patrimonio sirve para garantizar las obligaciones, salvo algunos bienes a los que la ley les da un carácter de inembargables. 

¿Cuáles son estos bienes? 

Se refiere a los libros para el ejercicio de la ciencia u oficio, las remuneraciones y el patrimonio familiar. Pero todos los demás activos como casas, departamentos, automóviles, terrenos, cuentas bancarias sí son embargables para pagar la deuda. 

¿En estos casos existe una dura repercusión en el deudor o deudores? 

Puede haber una afectación patrimonial o una afectación psicológica. No es un tema jurídico, pero eminentemente una quiebra financiera tendrá repercusiones de índole familiar y emocional. Pues se produce una afectación en las actividades diarias. 

¿Y quién es culpable de esta afectación posterior?

La ejecución proviene de un hecho lícito. En el caso ‘Villavicencio’, si la teoría del Presidente triunfa, él no podría ser responsable por el desgaste de la contraparte, pues solamente se ejecuta una sentencia válida. 

¿Hay algún período para que la declaración de insolvencia culmine? 

No hay un período establecido, sino condiciones que podrían terminar con la insolvencia. La primera solución es que se pague; la segunda que haya un acuerdo entre las partes. 

¿Se puede estar insolvente de por vida? 

Sí, es una posibilidad. Si el deudor muere sin pagar, 

¿podría ser heredada esa carga por sus descendientes? 

En derecho privado todo lo que es económico se puede transmitir por sucesión por causa de muerte. La situación de insolvencia no se hereda, pero sí la deuda.

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