Los penados fueron declarados como autores del presunto delito de peculado.
La sentencia del juicio por el presunto delito de peculado que se habría cometido en la Cooperativa de Ahorro y Crédito ‘Casa Fácil’, en liquidación, reza que Hugo E. M., exgerente; Jorge I. V.; Rafael M. G.; Mercedes S. V.; y Giovanny E. S. son culpables; mientras que Jorge M. A. y María E. S. inocentes.
Desde el jueves 7 de julio de 2016 hasta el último viernes se realizó el juicio a esas siete personas. Durante los 12 días los testigos de la Fiscalía de Loja y de los deponentes de los abogados acusadores y de la defensa de los procesados rindieron las versiones sobre el delito que se investigaba.
Declaración de culpabilidad
La declaración del abogado defensor del exgerente de Casa Fácil, cuando empezó la audiencia, asombró a los asistentes. Él manifestó que su defendido se declaraba culpable y pedía que se le otorgue un atenuante trascendental, que consiste en la rebaja significativa de la pena prevista para ese delito.
La fiscal Viviana Ordóñez Montaño indica que la audiencia fue agotadora y con varias jornadas que concluían a eso de las 22:00. En ella se presentó la teoría del caso de la Fiscalía y los testimonios de quienes intervinieron en el juicio, uno de ellos el de Edgar Guerra Gómez, liquidador de ‘Casa Fácil’.
Informe de la SEPS
La fiscal Ordóñez Montaño señala que en el testimonio de Carmen Carrasco Espinosa, exintendente zonal siete de la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria (SEPS) se acredita el informe que ese organismo remitió a la Fiscalía, en donde se indica la existencia de presunciones de responsabilidad.
“Las presunciones de responsabilidad penal del informe son en contra del gerente de Casa Fácil quien habría realizado acciones para beneficio personal para conceder créditos vinculados y, además, realizar sobreavalúos que disfracen el verdadero estado económico de la Cooperativa”, indica la fiscal.
Penas de 12, 8 y 6 años
La lectura del veredicto de parte del Tribunal Único de Garantías Penales duró 30 minutos y se dijo que el exgerente cumpliría una pena de 12 años; en cambio Jorge I. V. y Rafael M. G. ocho, los dos; mientras que Mercedes S. V. y Giovanny E. S. seis años cada uno. Ellos serían autores del delito de peculado.
El Tribunal Único de Garantías Penales dijo que Jorge M. A. y María E. S. son inocentes y dispuso que se levanten las medidas cautelares que él y ella tenían. En la lectura del veredicto se observó que ninguno de ellos se benefició de los dineros depositados en la Cooperativa de Ahorro y Crédito ‘Casa Fácil’. (WSV)
Reparación integral a socios
El Tribunal Único de Garantías Penales de Loja dispuso la reparación integral de las víctimas conforme lo establece el Art. 78 de la Constitución de la República del Ecuador. El monto del perjuicio económico causado a los cuenta ahorristas e inversionistas se lo establecerá en la sentencia debidamente motivada.
Los abogados de las personas sentenciadas pueden interponer los recursos que les franquea la Ley como son: ampliación y aclaración, ante los jueces que emitieron la sentencia; apelación a la Sala Penal de Loja; y casación a la Corte Nacional de Justicia.
Declaración de culpabilidad
La declaración del abogado defensor del exgerente de Casa Fácil, cuando empezó la audiencia, asombró a los asistentes. Él manifestó que su defendido se declaraba culpable y pedía que se le otorgue un atenuante trascendental, que consiste en la rebaja significativa de la pena prevista para ese delito.
La fiscal Viviana Ordóñez Montaño indica que la audiencia fue agotadora y con varias jornadas que concluían a eso de las 22:00. En ella se presentó la teoría del caso de la Fiscalía y los testimonios de quienes intervinieron en el juicio, uno de ellos el de Edgar Guerra Gómez, liquidador de ‘Casa Fácil’.
Informe de la SEPS
La fiscal Ordóñez Montaño señala que en el testimonio de Carmen Carrasco Espinosa, exintendente zonal siete de la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria (SEPS) se acredita el informe que ese organismo remitió a la Fiscalía, en donde se indica la existencia de presunciones de responsabilidad.
“Las presunciones de responsabilidad penal del informe son en contra del gerente de Casa Fácil quien habría realizado acciones para beneficio personal para conceder créditos vinculados y, además, realizar sobreavalúos que disfracen el verdadero estado económico de la Cooperativa”, indica la fiscal.
Penas de 12, 8 y 6 años
La lectura del veredicto de parte del Tribunal Único de Garantías Penales duró 30 minutos y se dijo que el exgerente cumpliría una pena de 12 años; en cambio Jorge I. V. y Rafael M. G. ocho, los dos; mientras que Mercedes S. V. y Giovanny E. S. seis años cada uno. Ellos serían autores del delito de peculado.
El Tribunal Único de Garantías Penales dijo que Jorge M. A. y María E. S. son inocentes y dispuso que se levanten las medidas cautelares que él y ella tenían. En la lectura del veredicto se observó que ninguno de ellos se benefició de los dineros depositados en la Cooperativa de Ahorro y Crédito ‘Casa Fácil’. (WSV)
Reparación integral a socios
El Tribunal Único de Garantías Penales de Loja dispuso la reparación integral de las víctimas conforme lo establece el Art. 78 de la Constitución de la República del Ecuador. El monto del perjuicio económico causado a los cuenta ahorristas e inversionistas se lo establecerá en la sentencia debidamente motivada.
Los abogados de las personas sentenciadas pueden interponer los recursos que les franquea la Ley como son: ampliación y aclaración, ante los jueces que emitieron la sentencia; apelación a la Sala Penal de Loja; y casación a la Corte Nacional de Justicia.
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