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martes, 10 de julio de 2018

INICIAN VENCIMIENTOS PARA REALIZAR EL ANTICIPO DE IMPUESTO A LA RENTA

La Dirección Provincial del Servicio de Rentas Internas recuerda a la ciudadanía de la provincia que el ANTICIPO DEL IMPUESTO A LA RENTA deberá ser declarado y pagado en los meses de julio y septiembre de cada año. La primera cuota correspondiente al mes de julio se la realizará dependiendo del noveno dígito del RUC.

Las fechas máximas para la declaración están previstas desde el 10 al 28 de julio. Si el noveno dígito del RUC es el 1 el vencimiento es hasta el 10 de julio, si es el número 2 el vencimiento es hasta el 12 de julio y así sucesivamente hasta el 28 de julio que se concluye con el número cero.

Cuando un vencimiento cae en día festivo o fines de semana, el vencimiento se trasladará al anterior día hábil. En caso de realizarse la declaración fuera de plazo, ésta deberá contener adicionalmente los valores por los intereses y multa correspondientes.

Las personas naturales no obligadas a llevar contabilidad declararán el 50% del Impuesto a la Renta causado menos las retenciones, en tanto que las sociedades y las personas naturales obligada a llevar contabilidad lo harán aplicando la fórmula prevista en el Art. 41 de la Ley de Régimen Tributario Interno.

La declaración del anticipo se la debe realizar a través del portal institucional www.sri.gob.ec utilizando el formulario 115, y el pago a través de las entidades bancarias autorizadas o mediante convenio de débito.

Para mayor información el SRI pone a disposición su CENTRO DE ATENCIÓN TELEFÓNICA llamando directo al número 1-700-774-774

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