Perfomance

miércoles, 14 de diciembre de 2016

LUNDIN GOLD FIRMA EL CONTRATO DE EXPLOTACIÓN MINERA PARA FRUTA DEL NORTE

14 de Diciembre, 2016 (Vancouver, Canadá)… Lundin Gold Inc. ("Lundin Gold" o la "Compañía") (TSX: “LUG”, Nasdaq Stockholm: “LUG”) se complace en anunciar que ha firmado el Contrato de Explotación Minera ("CE") para Fruta del Norte ( "FDN" o "Proyecto"), su proyecto aurífero emblemático en Ecuador.

"Estoy muy contento de estar en Ecuador para la firma de este importante contrato. 

En poco menos de dos años, trabajando de manera conjunta con el Gobierno del Ecuador, hemos negociado este contrato clave y hemos completado el Estudio de Factibilidad para FDN, preparando el camino para el desarrollo de este activo de clase mundial", declaró Lukas Lundin, Presidente de la Junta Directiva de Lundin Gold. 

"La firma del CE es un hito significativo para la Compañía y para el Ecuador. Para Lundin Gold, este evento marca el compromiso de la Compañía con su crecimiento en el Ecuador para avanzar hacia el desarrollo y producción comercial de FDN. Para Ecuador, la firma del CE trae consigo oportunidades de empleo y desarrollo económico, tanto a nivel local, como nacional y demuestra el compromiso del país con la minería", comentó Ron Hochstein, Presidente y Director Ejecutivo de Lundin Gold.

La ejecución del CE se realiza posterior a la aprobación del Estudio de Impacto Ambiental para FDN el 13 de octubre de 2016, y de la emisión de la correspondiente Licencia Ambiental, a finales de octubre.
Contrato de Explotación

El CE, junto a las leyes y regulaciones existentes, establece los términos y condiciones fiscales, operativas y comerciales para el desarrollo de FDN. Las características principales del CE son:

 El derecho a desarrollar y producir oro y plata en FDN durante un periodo de 25 años, mismo que podrá ser renovado.  Pagos anticipados de regalías por un total de 65 millones de dólares al Gobierno del Ecuador, de los cuales 25 millones serán pagados en los próximos días. El saldo de los pagos será realizado en dos desembolsos iguales de 20 millones de dólares, en el primer y segundo aniversario de la firma del contrato.  Una regalía igual al 5% de los ingresos netos de fundición en la etapa de producción. El pago anticipado de regalías es deducible contra futuras regalías. Desde que la Compañía anunció dichos términos, el Gobierno ha analizado la forma en que se debe calcular el impuesto a los ingresos extraordinarios. Un proyecto de ley está siendo tramitando en este momento en la Asamblea Nacional ecuatoriana, que incluye un texto que pretende modificar la forma en que el impuesto a los ingresos extraordinarios será aplicado. Bajo la reforma propuesta, el impuesto a los ingresos extraordinarios no se aplicará hasta que la compañía haya recuperado la inversión acumulada en el proyecto minero desde su inicio hasta el inicio de la producción, más cuatro
2
años adicionales. El período de gracia de cuatro años sustituye a la aplicación de un ajuste a valor presente de la inversión acumulada incurrida desde la firma del CE, como fue inicialmente informado por la Compañía en enero. "Nosotros consideramos que este cambio simplifica la aplicación del impuesto a los ingresos extraordinarios sin tener un impacto significativo sobre el Proyecto" declaró Ron Hochstein.

Con la firma del CE, Lundin Gold reafirma su compromiso con el desarrollo responsable de FDN en beneficio de las comunidades locales, el pueblo ecuatoriano y sus accionistas. La Compañía, junto con el gobierno local y nacional, ONGs y otras organizaciones aliadas, continuará promoviendo el desarrollo sostenible en el área del Proyecto a través de oportunidades locales de empleo y contratación, cuidado del medio ambiente, un amplio desarrollo económico y mejoras en la infraestructura local, entre otras iniciativas. La traducción en inglés del CE será publicada en breve en el perfil de la Compañía en la página web de SEDAR, página que mantienen los Administradores Canadienses de Valores en la dirección www.sedar.com. Contrato de Protección de Inversiones

Una resolución del Gobierno con fecha 4 de julio de 2016, autorizó la ejecución del CPI posterior a la firma del CE. Después de la firma del CE ejecutado, la Compañía firmará el CPI con el Gobierno del Ecuador. Los términos y condiciones del CPI se mantienen iguales a los anunciados en agosto.

No hay comentarios:

Publicar un comentario