Perfomance

martes, 18 de agosto de 2015

EN AGOSTO SE DEBE PRESENTAR SEGUNDA PROYECCIÓN DE GASTOS PERSONALES

El Servicio de Rentas Internas informa que durante el mes de agosto deberán presentar la proyección de gastos personales, los contribuyentes bajo relación de dependencia que tengan ingresos anuales superiores a $10.800 o que perciban ingresos mensuales desde $900 en adelante.


En el caso de existir cambios en las remuneraciones o en la proyección de gastos personales del trabajador, el empleador efectuará la re liquidación del Impuesto a la Renta para futuras retenciones mensuales. Si la proyección de gastos personales del trabajador es diferente a la presentada originalmente, podrá entregar a su empleador, en los meses de julio o agosto, un nuevo formulario SRI-GP. Esto de acuerdo a la Resolución NAC-DGERCGC15-00000316 en el Suplemento del Registro Oficial Nro. 478 del 13 de abril de 2015 (http://goo.gl/sVges9). 

Recuerde que la deducción de gastos personales puede ser hasta del 50% del total de sus ingresos sobre los que debe pagar el Impuesto a la Renta y no debe superar el límite establecido para el presente año que es $14.040. 

Con los comprobantes de venta originales se respaldan los gastos personales. Estos comprobantes podrán estar a nombre del contribuyente, su cónyuge o conviviente, sus hijos menores de edad o con discapacidad que no perciban ingresos gravados y que dependan directamente del contribuyente.

Para el 2015, el monto máximo de cada tipo de gasto no podrá exceder los $3.510, excepto en gastos de salud que pueden ser de hasta $14.040, de acuerdo al siguiente cuadro: 

LÍMITES GASTOS PERSONALES 2015 
RUBRO 
PORCENTAJE 
(de la fracción básica exenta) 
MONTO MÁXIMO A DEDUCIR 
VIVIENDA 
0,325 veces 
$3.510 
EDUCACIÓN 
0,325 veces 
$3.510 
ALIMENTACIÓN 
0,325 veces 
$3.510 
VESTIMENTA 
0,325 veces 
$3.510 
SALUD 
1,3 veces 
$14.040 
(Fracción básica exenta: es el monto que está libre del pago del Impuesto a la Renta conforme lo establece la ley. Para 2015 la fracción básica es de $10.800).

Si el empleador verifica que los rubros de gastos personales del trabajador sobrepasan los límites establecidos en la norma reglamentaria, deberá abstenerse de utilizar dicho formulario y lo devolverá al empleado para que éste realice la respectiva corrección de su proyección de acuerdo a lo que dicta la ley.

La proyección de gastos personales permite al empleador disponer de valores más reales para generar con mayor certeza las retenciones de sus trabajadores bajo relación de dependencia.

El formulario para la deducción de Gastos Personales SRI-GP se encuentra disponible en la página web del SRI http://www.sri.gob.ec/web/guest/home

Atte.

Comunicación Social SRI Zamora
Chicham Etsertai Zamora

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